Cargador contractual
Quien contrata el transporte: la empresa que envía la mercancía, pero también una agencia, un operador logístico o un intermediario. Responde de sus datos, de la mercancía y de los lugares de origen y destino.
El documento de control existe desde 2013. La Orden FOM/2861/2012 obliga a acompañar cada envío del transporte público de mercancías por carretera con un documento que diga quién lo contrata, quién lo hace, de dónde sale, adónde va, qué se lleva, cuándo y en qué vehículo. Durante años bastaba con un papel.
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible lo hizo electrónico, y la Resolución de 5 de junio de 2026 fija cómo tiene que ser: un PDF con un código QR que enlaza con una dirección web única desde la que la inspección lo descarga sin registrarse. Ese documento electrónico es el DeCA, siglas de Documento electrónico de Control Administrativo.
No es una factura ni un albarán, aunque comparte datos con ellos. Tampoco es exactamente una carta de porte: es un documento de control para la administración. Te lo contamos en DeCA, carta de porte, eCMR y eFTI.
Afecta a cada envío del transporte público de mercancías por carretera, y la obligación la comparten dos partes.
Quien contrata el transporte: la empresa que envía la mercancía, pero también una agencia, un operador logístico o un intermediario. Responde de sus datos, de la mercancía y de los lugares de origen y destino.
El titular de la autorización que hace el transporte. Responde de sus datos y de las matrículas, y lleva el DeCA a bordo para enseñarlo en una inspección.
El artículo 2 de la Orden deja fuera:
Además, una carta de porte u otro documento que recoja todos los datos obligatorios puede hacer de documento de control. Los transportes internacionales siguen con la carta de porte CMR.
Los mismos que el documento de control de siempre, según el artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012.
Lo ves todo junto en este modelo de DeCA en PDF, con un QR que puedes escanear.
El cargador aporta los suyos, la mercancía y la ruta; el transportista, los suyos y las matrículas. Pueden salir de un pedido, un Excel, un albarán o un programa de gestión.
El DeCA se crea siempre antes del inicio del servicio, y el sistema registra la fecha y la hora de creación.
En el móvil o impresa, con el QR visible. En papel, las anotaciones a mano no cuentan.
El agente descarga el PDF desde la dirección del QR con su propio dispositivo.
Se corrige el documento o se genera uno nuevo con su propio QR, y se conserva el original para que se pueda seguir el rastro.
Los ficheros se guardan al menos un año. La dirección del QR puede desactivarse siete días naturales después de terminar el servicio.
Circular sin el documento de control, con datos esenciales que faltan, ocultarlo o no conservarlo es una infracción grave según el artículo 141.17 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
La multa va de 401 a 600 €, y desde el 5 de octubre un papel ya no sirve como documento de control. Te explicamos qué se sanciona y cómo evitarlo en Multas del DeCA.
Infracción grave · LOTT, art. 141.17
401 – 600 €
Qué se sanciona y cómo evitarlo
Lo importante es que los datos lleguen bien y a tiempo. Con DecaLegal puedes empezar por donde ya los tienes.
2013
Entra en vigor la Orden FOM/2861/2012, que crea el documento de control en papel o en cualquier soporte.
5 de diciembre de 2025
Entra en vigor la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, que da diez meses para digitalizarlo.
5 de junio de 2026
Se firma la resolución que fija las condiciones técnicas del documento electrónico.
5 de octubre de 2026
El DeCA es obligatorio: el documento de control tiene que ser electrónico.
Julio de 2027
Siguiente paso de la digitalización con el eFTI, el intercambio electrónico de información del transporte de mercancías en la Unión Europea.
Esta guía resume la normativa y no es asesoramiento jurídico. Si tu operativa tiene particularidades, revísalas con tu asesoría. Contenido revisado el 12/10/2026.
Documento electrónico de Control Administrativo. Es la versión electrónica del documento de control que exige la Orden FOM/2861/2012 en el transporte público de mercancías por carretera: identifica cada porte con su cargador, su transportista, la ruta, la mercancía, la fecha y las matrículas.
La obligación es compartida. La Orden FOM/2861/2012 obliga al cargador contractual, que es quien contrata el transporte, y al transportista efectivo, que es quien lo hace. Cada uno responde de sus datos, y el transportista lo lleva a bordo.
No. El DeCA es un PDF generado de forma nativa a partir de datos estructurados, de 5 MB como máximo, con la fecha de creación en sus metadatos y un código QR que enlaza con su dirección web única.
Sí. Puede llevar una copia en el móvil o impresa, siempre con el QR visible. Si la lleva impresa, las anotaciones a mano no se tienen en cuenta: cualquier cambio exige modificar el documento electrónico.
Al menos un año, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre. La dirección web del QR puede desactivarse siete días naturales después de terminar el servicio, pero el fichero se sigue conservando.
Son documentos distintos. Una carta de porte u otro documento puede servir como documento de control si incluye todos los datos que exige la Orden, y en formato electrónico debe cumplir las mismas condiciones que el DeCA.
Déjanos tus datos y te contactamos para enseñarte cómo quedaría con tu forma de trabajar: revisión, PDF, QR y app del conductor.