El DeCA ya es obligatorio: qué cambió el 5 de octubre
De dónde viene la obligación
El documento de control no es nuevo: lo exige desde 2013 la Orden FOM/2861/2012 para cada envío del transporte público de mercancías por carretera. Lo nuevo es el formato. La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, en vigor desde el 5 de diciembre de 2025, dio diez meses para digitalizarlo, y ese plazo terminó el 5 de octubre de 2026.
Las condiciones técnicas las fija la Resolución de 5 de junio de 2026. Desde el 5 de octubre, un papel rellenado a mano ya no vale como documento de control: el documento tiene que ser el DeCA electrónico.
Qué tiene que tener el DeCA
- Ser un PDF generado de forma nativa a partir de datos estructurados, de 5 MB como máximo, con las fechas de creación y modificación en sus metadatos.
- Llevar un código QR que enlace con una dirección web única, servida por HTTPS, desde la que un agente lo descargue sin registrarse.
- Crearse siempre antes del inicio del servicio, con su fecha y hora registradas.
- Si algo cambia, modificarse o generarse de nuevo conservando el original.
- Conservarse al menos un año.
Los datos son los de siempre: cargador, transportista, origen, destino, mercancía y peso, fecha y matrículas. Los ves en un ejemplo real en nuestro modelo de DeCA.
Qué sigue igual
La obligación sigue siendo compartida entre el cargador contractual, que contrata el transporte, y el transportista efectivo, que lo hace. Siguen fuera las mismas excepciones: transportes sin autorización administrativa, mudanzas, vehículos averiados en vehículos especiales y paquetería. Y el conductor puede seguir llevando una copia en papel, siempre que muestre el QR; lo que ya no cuenta son las anotaciones a mano.
Qué pasa si no lo llevas
Circular sin documento de control, o con datos esenciales que faltan, es una infracción grave según el artículo 141.17 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con multa de 401 a 600 €. No se ha anunciado ningún periodo de transición sin sanciones. Lo explicamos en Multas del DeCA.
Si aún no lo emites, por dónde empezar
- Repasa quién hace qué en tus portes con la guía del DeCA: si contratas el transporte, eres cargador contractual.
- Mira de dónde salen hoy tus datos: albaranes, una hoja de Excel o tu programa de gestión. Ese es tu punto de partida.
- Decide cómo llegará el DeCA al conductor: en el móvil, en una tablet de cabina o impreso con su QR.
- Compara precios por DeCA, no por cuota. Si ya pagas a un proveedor, revisamos tu precio.
Con DecaLegal puedes emitirlo a mano, desde Excel, desde el PDF del albarán con IA o desde tu ERP por API, y el conductor lo lleva en una app que funciona sin cobertura.
Este artículo resume la normativa publicada en el BOE y no es asesoramiento jurídico.
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